El sistema, tal y como vemos en la imagen, consta de: el campo de paneles fotovoltaicos, que convierte la energía solar en energía eléctrica continua; el inversor de conexión a red, que transforma la corriente continua en alterna adaptando y garantizando los parámetros de la red: 220 V y 50 Hz de corriente alterna; y por ultimo, los contadores.
Los Reales Decretos 2818/1998 publicados en el B.O.E. de fecha 30/12/98 y desarrollados posteriormente por el R. D. 1663/2000 publicado en el B.O.E. de fecha 30/09/00, indican las condiciones técnicas a cumplir por las centrales fotovoltaicas para poder conectarse a la red y vender la electricidad producida por el sistema fotovoltaico a la compañía eléctrica local a un precio alto. En el Real Decreto 436/2.004, se establece la remuneración para la venta de energía fotovoltaica a la red en régimen especial. El precio se establece en función de la potencia de la central del siguiente modo: